El Orujo de aceituna considerado como subproducto

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Recientemente se ha aprobado la Orden APM/189/2018, de 20 de febrero, por la que se determina cuando los residuos de producción procedentes de la industria agroalimentaria destinados a alimentación animal, como es el caso del Orujo de aceituna, son subproductos.
Atendiendo a la nueva Orden, cuando los residuos de producción procedentes de la industria agroalimentaria, estén incluidos en uno de los tres listados comunitarios de sustancias autorizadas para la alimentación animal, serán considerados subproductos, conforme a lo establecido en el artículo 4 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, siempre y cuando cumplan todos y cada uno de los requisitos establecidos en la legislación europea, estatal y autonómica relativas a la alimentación animal.
Se trata de un avance importante en la consideración de subproductos como el Orujo de Aceituna, generado tras el proceso industrial extractivo del aceite de oliva, y que hasta el momento has sido tratado como residuo final.
Diversos estudios y publicaciones realizadas en los últimos años, como la llevada a cabo por Departamento de Fisiología y Bioquímica de la Nutrición Animal de la Estación Experimental del Zaidín (CSIC) en Granada, han corroborado el potencial de los subproductos del olivar como alimento para pequeños rumiantes, indicando sus efectos beneficiosos.
El orujo de aceituna está constituido por la pulpa, la piel y los huesos de la aceituna y agua. Los orujos son muy variables dependiendo de factores como su contenido en aceite residual y agua, la proporción de hueso o el proceso de extracción del aceite. La extracción de 1.000 kg de aceituna genera aproximadamente 800 kg de orujo.
En cualquier caso, la inclusión en las dietas para rumiantes de subproductos del Olivar y de las almazaras, permite aumentar la disponibilidad de fuentes de alimentos para el ganado y reducir tanto el coste de la producción como el impacto ambiental derivado del acúmulo de esos subproductos de alto potencial contaminante.
https://www.boe.es/boe/dias/2018/02/27/pdfs/BOE-A-2018-2692.pdf
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