Necesitas una propuesta de clasificación para una balsa de riego?

INGRATEC Ingenieros_Clasificación Balsa de Riego

Necesitas una propuesta de clasificación para una balsa de riego?. Según la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el Riesgo de Inundaciones, aprobada por Acuerdo del Consejo de Ministros del día 9 de diciembre de 1994 y publicada en el Boletín Oficial del Estado de fecha 14 de febrero de 1995, establece en su artículo 3.5.1.3. la obligatoriedad de que las presas y balsas se clasifiquen en categorías en función del riesgo potencial que pueda derivarse de su rotura o funcionamiento incorrecto.

Asimismo se establecen en ella los criterios fundamentales de clasificación, el procedimiento a seguir y determinadas obligaciones que, para los titulares de presas, se derivan de la categoría asignada.

De acuerdo con lo indicado en el citado artículo 3.5.1.3., los propietarios o concesionarios de presas, en el caso que nos ocupa una balsa de riego, deberán enviar al Órgano competente para resolver su propuesta de clasificación de la presa respecto al riesgo, acompañada de la información necesaria para que dicho Órgano decida acerca de la clasificación que corresponda.

Igualmente, en la Orden Ministerial de 12 de marzo de 1996, por la que se aprueba el “Reglamento Técnico sobre Seguridad de Presas y Embalses”, publicada en el Boletín Oficial del Estado de fecha 30 de marzo de 1996, en su artículo quinto establece que los titulares o concesionarios de todas las presas en servicio, independientemente de su titularidad dentro del ámbito de competencias del Estado, deben presentar la propuesta razonada de clasificación frente al riesgo en los términos previstos por la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el Riesgo de Inundaciones y el Reglamento Técnico de Seguridad de Presas y Embalses, debiendo resolver la Dirección General en un plazo máximo de un año.

El Reglamento Técnico citado establece en su punto 3.2. una clasificación en función del riesgo potencial idéntico al establecido en la Directriz.

En INGRATEC Ingenieros modelizamos la rotura de balsas de riego y redactamos las propuestas de clasificación de las balsas, teniendo en cuenta la peligrosidad sobre personas, infraestructuras y medio ambiente. Si necesitas clasificar tu balsa de riego, no dudes en contactar con nosotros!!

El Orujo de aceituna considerado como subproducto

Explotacion de caprino asesorada por INGRATEC Ingenieros

Recientemente se ha aprobado la Orden APM/189/2018, de 20 de febrero, por la que se determina cuando los residuos de producción procedentes de la industria agroalimentaria destinados a alimentación animal, como es el caso del Orujo de aceituna, son subproductos.

Atendiendo a la nueva Orden, cuando los residuos de producción procedentes de la industria agroalimentaria, estén incluidos en uno de los tres listados comunitarios de sustancias autorizadas para la alimentación animal, serán considerados subproductos, conforme a lo establecido en el artículo 4 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos  contaminados, siempre y cuando cumplan todos y cada uno de los requisitos establecidos en la legislación europea, estatal y autonómica relativas a la alimentación animal.

Se trata de un avance importante en la consideración de subproductos como el Orujo de Aceituna, generado tras el proceso industrial extractivo del aceite de oliva, y que hasta el momento has sido tratado como residuo final.

Diversos estudios y publicaciones realizadas en los últimos años, como la llevada a cabo por Departamento de Fisiología y Bioquímica de la Nutrición Animal de la Estación Experimental del Zaidín (CSIC) en Granada, han corroborado el potencial de los subproductos del olivar como alimento para pequeños rumiantes, indicando sus efectos beneficiosos.

El orujo de aceituna está constituido por la pulpa, la piel y los huesos de la aceituna y agua. Los orujos son muy variables dependiendo de factores como su contenido en aceite residual y agua, la proporción de hueso o el proceso de extracción del aceite. La extracción de 1.000 kg de aceituna genera aproximadamente 800 kg de orujo.
En cualquier caso, la inclusión en las dietas para rumiantes de subproductos del Olivar y de las almazaras, permite aumentar la disponibilidad de fuentes de alimentos para el ganado y reducir tanto el coste de la producción como el impacto ambiental derivado del acúmulo de esos subproductos de alto potencial contaminante.

 

https://www.boe.es/boe/dias/2018/02/27/pdfs/BOE-A-2018-2692.pdf

Ampliación del Plazo Ayudas al Rendimiento de Cultivos Intensivos

Se ha ampliado, hasta el próximo 21 de Marzo, el plazo para la presentación de ayudas a inversiones dirigidas a la mejora del rendimiento y sostenibilidad global de explotaciones agrarias para cultivos intensivos en invernaderos.
Si necesitas ayuda para la tramitación de la documentación en INGRATEC Ingenieros te damos la solución.

No dudes en contactar con nosotros!!

¿Buscas ayudas para la mejora material en la transformación de tus productos agrícolas?

En el BOJA del día 22, se publicó la orden por la que efectúa convocatoria para 2018 de las ayudas para el apoyo a inversiones materiales en transformación, comercialización o desarrollo de nuevos productos agrícolas.
Si necesitas apoyo técnico en la tramitación de la ayuda, en INGRATEC Ingenieros te damos la solución

No dudes en contactar con nosotros antes de que termine el plazo el 22 de mayo.

http://www.juntadeandalucia.es/…/transformacion-comercializ….

¿Necesitas un Informe de Cambio de Cultivo?

Según la Orden de 7 de febrero de 2018, por la que se regula el procedimiento para el mantenimiento y actualización del SIGPAC, para las alegaciones y solicitud de cambio de cultivo, es necesario presentar informe firmado por técnico competente.
Si buscas quién te redacte el informe de cambio de cultivo en INGRATEC Ingenieros te damos la solución.

No dudes en contactar con nosotros!!

http://www.juntadeandalucia.es/boja/2018/31/2